Mexico. Un solicitante de estatuto de refugiado completa su formulario en COMAR.
Información general
Entidades que comparten las buenas prácticas: Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR)
Remitido por: Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR)
Socios: ACNUR Mexico, Initiativa (QAI)
Visita su página web: https://www.gob.mx/comar
Buena práctica
La Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR), órgano encargado de la determinación de la condición de persona refugiada, implementa procedimientos aplicando la definición ampliada propuesta por la Declaración con miras a un procedimiento más ágil, eficiente y de calidad.
Tras un análisis detallado de la situación actualmente imperante en países de origen, la COMAR concluyó que en algunos de ellos se reúnen las condiciones para considerar que existe una presunción de inclusión y con ello reconocer como refugiados bajo la definición ampliada de Cartagena (prevista en la Fracción II (y III) del artículo 13 de la Ley sobre Refugiados, protección complementaria y asilo político).
Con base a lo anterior, la COMAR ha establecido una presunción de inclusión en favor de personas que huyen de su país en razón de las circunstancias que perturban gravemente el orden público, violaciones masivas de los derechos humanos, está en necesidad de protección internacional y podría reunir los criterios de elegibilidad contenidos en la definición regional ampliada de Cartagena (fracción II del artículo 13 de la mencionada norma), previo análisis de la credibilidad de los hechos narrados.
Para que esta presunción de inclusión sea aplicable, es necesario que:
(i) La persona solicitante se encuentre fuera de su país de origen y sea de una de estas nacionalidades o, siendo apátrida, estos sean sus países de residencia habitual;
(ii) La persona haya huido de su país por razones vinculadas a la situación de grave perturbación del orden público que impera en su país de origen, o no quiera regresar a él por dichas razones.
(iii) La persona no haya incurrido en alguna causal de exclusión;
(iv) El relato de la persona solicitante no presente problemas de credibilidad.
Actividades
Se estableció un sistema de distribución de casos entre los Oficiales de Protección conforme perfiles: así, por ejemplo, los niños y niñas no acompañados o separados de sus familiares son asignados a Oficiales de Protección especializados en infancia; Para la implementación de esta práctica, se debieron elaborar una serie de documentos:
- Guía de preguntas relacionadas con un eventual análisis de exclusión
- Cuadro con la estructura de la entrevista
- Resolución Modelo
- Actualización de COI
- Anexo Indicadores
Impacto de la buena práctica
Desafíos en la implementación
Impacto de las pandemia de COVID-19
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